En Argentina, el calendario de marzo establece dos jornadas consecutivas con distinto alcance laboral: el lunes 23, declarado día no laborable con fines turísticos, y el martes 24, feriado nacional inamovible por el Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.

De acuerdo con la normativa vigente y la información difundida por la Subsecretaría de Trabajo y Empleo, el lunes 23 queda sujeto a la decisión del empleador. En estos casos, si la actividad se desarrolla con normalidad, los trabajadores deben cumplir su jornada habitual sin percibir adicionales. En cambio, si el empleador decide no abrir, los empleados no concurren a sus puestos y el salario no se ve afectado .
Por su parte, el martes 24 reviste carácter de feriado nacional obligatorio. Según lo establece la Ley de Contrato de Trabajo N.º 20.744, rigen las condiciones del descanso dominical: los trabajadores no están obligados a prestar servicios y, en caso de hacerlo, deben percibir el pago doble de la jornada .


En cuanto a la actividad comercial, durante ambas jornadas los establecimientos pueden abrir, aunque el funcionamiento dependerá de la decisión de cada empleador en el caso del día no laborable y de la dinámica habitual en feriados para el 24 de marzo.
De esta manera, el esquema configura un fin de semana largo con impacto tanto en la organización laboral como en el movimiento turístico, diferenciando claramente entre un día optativo para la actividad y un feriado nacional con alcance obligatorio.


