Por Lic. Florencia Reyes (M.P Nº 537)
Hay muchas definiciones de “Alimento” pero en este caso definiremos la palabra de acuerdo al Código Alimentario Argentino, que en su artículo 6, expone:
“Toda substancia o mezcla de substancias naturales o elaboradas que ingeridas por el hombre aporten a su organismo los materiales y la energía necesarios para el desarrollo de sus procesos biológicos. La designación “alimento” incluye además las substancias o mezclas de substancias que se ingieren por hábito, costumbres, o como coadyuvantes, tengan o no valor nutritivo”.
De esta definición puedo resaltar que la legislación define como alimento a toda substancia nutritiva, pero también a substancias que no necesariamente aporten valor nutritivo, tales como aquellas que se ingieren por hábito, algunos ejemplos serian la yerba mate, gaseosas, dulces, etc. Ya que el objetivo es regular y asegurar la inocuidad de toda substancia que sea ingerida por el ser humano.
Clasificación de alimento
Es por lo mencionado anteriormente que, los alimentos se clasifican según su aptitud para el consumo en:
- Alimento GENUINO o NORMAL: es todo aquel que cumple con las especificaciones del Código Alimentario Argentino, por cuanto es apto para el consumo humano. Por ejemplo un alimento que se elabora en un establecimiento habilitado que cumple con todos los estándares propio de ese tipo de alimento, además el producto esta rotulado, entre otros requisitos.
- Alimento ALTERADO: es todo aquel que por causas naturales de índole física, química y/o biológica derivadas de tratamientos tecnológicos inadecuados y/o deficientes, ha sufrido deterioro en sus características organolépticas, en su composición en su valor nutritivo. Ejemplos: leche cortada, aceite rancio, etc.
- Alimento ADULTERADO: es todo alimento que siendo originariamente genuino, ha sufrido por acción del hombre: la extracción parcial o total de cualquiera de sus componentes, sin conocimiento del consumidor. Ejemplo: venta de leche descremada y resulta ser leche entera. La sustitución de cualquiera de sus componentes por otros extraños o inertes. Ejemplos: la adición de agua u otra sustancia a la leche o al vino. La mezcla, coloración o encubrimiento, de forma tal que oculte su inferioridad o disminuya su pureza. Ejemplo: pastas rotuladas “con espinaca” que llevan el agregado de colorantes artificiales.
- Alimento FALSIFICADO: es todo aquel que tenga la apariencia y caracteres generales de un producto legítimo, protegido o no por marca registrada, y se denomine como éste sin serlo o que no proceda de sus verdaderos fabricantes o zona de producción conocida y/o declarada. Ejemplo: agua mineral por agua corriente de red, etc.
- Alimento CONTAMINADO: elemento extraño que está en el alimento y no debiera estar ahí, capaz de producir un efecto negativo para la salud del consumidor.
La presencia de estos peligros puede darse de forma natural. Por ejemplo: gusanos dentro de fruta, o entre verduras), o de forma accidental (pelo en sopa, mosca en ensalada, restos de envoltorio.