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Categoría:
Política

Malargüe activó el Registro de Infractores

El pasado mes de febrero, el Honorable Concejo Deliberante (HCD) de Malargüe aprobó por unanimidad la ordenanza 2264/24. Desde la Municipalidad de Malargüe se confirmó, recientemente, la creación del “Registro Único de Terrenos” (R.U.T.) y del “Registro de Infractores Municipales” con ciertas reglamentaciones que deberán cumplir los adjudicatarios de terrenos municipales o bien aquellos que aspiren a tener uno.

En su artículo 1º, la ordenanza establece la creación del R.U.T., cuyo propósito será registrar a los solicitantes de terrenos municipales, así como a aquellos que ya hayan recibido asignaciones previas. La normativa contempla que toda persona física o jurídica que haya adquirido terrenos municipales deberá ser debidamente registrada, independientemente de la figura legal de la adquisición. Además, se establece la obligación de cumplir con las condiciones estipuladas en la normativa y su reglamentación, las cuales incluyen un régimen de prioridades para la selección de futuros beneficiarios.

Por su parte, el artículo 2° dispone que el R.U.T. estará bajo la dependencia de la Unidad Especial de Tierras o la entidad que eventualmente la reemplace, garantizando así una gestión eficiente y especializada en la materia. Durante la actual Administración Municipal, el referente de la misma es el Dr. Jorge Benjamín Mayoral.

En cuanto a los requisitos para la adquisición de terrenos, el artículo 3° de la ordenanza detalla que los solicitantes deberán acreditar 20 años de residencia en Malargüe, presentar un Informe Socioeconómico elaborado por personal idóneo de la Municipalidad, prioridad a los nacidos en Malargüe, no haber accedido a beneficios similares en las últimas dos décadas y deberá dejarse asentada en la solicitud, la distinción de casos de necesidad de terreno y necesidad de terreno y vivienda.

Por último, la ordenanza incluye disposiciones específicas para garantizar el cumplimiento de los compromisos asumidos por los adjudicatarios de terrenos, como la prohibición de venta o cesión por un período de 20 años. En caso de incumplimiento, se establecen medidas para revertir la situación y que el municipio pueda recuperar los terrenos en cuestión.

La normativa también contempla en su artículo 12°: “Deróguense en su totalidad las Ordenanzas Nº 1.979/.2019 y Nº 2.074/2.020. Quedando la prohibición a los adjudicatarios de terrenos en el “Loteo 60 Aniversario” de ceder ni vender los mismos por el transcurso de 20 años, en caso de que vendan a un tercero, el adjudicatario originario quedará inscripto en el presente registro y todas las ventas realizadas serán nulas y el municipio deberá realizar todas las gestiones pertinentes para recuperar dichos terrenos. En tal caso los montos abonados se considerarán como resarcimiento por el
incumplimiento de los cargos impuestos en la escritura.”

El municipio de Malargüe publicó la activación de este registro de infractores e informó que ante cualquier consulta, ventas de este tipo o para denunciar los casos correspondientes, los vecinos pueden acercarse a la Dirección de Catastro y Obras Privadas de 8:00 a 13:00 hs.

Puede leer la Ordenanza 2264/2024 completa a continuación:


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