El 25 de diciembre de 2024 y el 1 de enero de 2025 son feriados nacionales establecidos por la Ley 27.399. Además, el 24 y el 31 de diciembre, días previos a las festividades, varias instituciones nacionales, provinciales y departamentales han emitido decretos y disposiciones especiales para regular su funcionamiento. Con el objetivo de garantizar la correcta organización y evitar inconvenientes, es oportuno dar a conocer los detalles sobre cómo operarán estos organismos durante el cierre de fin de año, lo que permitirá a la comunidad planificar adecuadamente sus gestiones y actividades.
Empleados estatales de la Nación
Con el decreto 1108/2024, el Gobierno confirmó que los empleados estatales de la Nación podrán disfrutar de un gran descanso en las fiestas de fin de año, ya que, a los feriados del 25 de diciembre y 1° de enero, se le sumará el asueto administrativo del 24 y 31.
Asueto administrativo para empleados estatales provinciales
Mediante el decreto 2666/2024, publicado en el Boletín Oficial el 10 de diciembre de 2024, se dispuso el asueto administrativo para ambas fechas, el 24 y 31 de diciembre, a todo el personal de la Administración Pública Provincial.
Medida para el personal municipal
Respecto del funcionamiento de la Municipalidad de Malargüe durante estas fechas, el Departamento Ejecutivo Municipal, a través del decreto 1607/2024, ha dispuesto asueto administrativo al 50% del personal para el 24 de diciembre y al otro 50% para el 31 de diciembre. Esta medida busca equilibrar la presencia del personal en la comuna y asegurar la continuidad de los servicios municipales durante los días previos a los feriados.
Respecto de la atención en las entidades financieras, ”el Banco Central de la República Argentina (BCRA) invita a las entidades financieras y cambiarias de todo el país a otorgar asueto a su personal el 24 y 31 de diciembre. A través de la Comunicación P 51020, las entidades quedan facultadas a no abrir sus sucursales en esos días”, informó el Central en un comunicado de prensa.
Atención comercial para las fechas festivas
Acerca de la atención comerciales, es necesario recordar que los días 25 de diciembre y 1 de enero no habrá actividad comercial, dado que son feriados nacionales. Sin embargo, el martes 24 de diciembre los comercios cerrarán a las 16:00 horas mientras que el martes 31 de diciembre lo harán a las 14 horas. Sobre la extensión de horarios en la semana previa al 24 de diciembre, desde la Cámara de Comercio de Malargüe afirmaron que cada comercio podrá extender su horario hasta las 23:00 horas en dos días de su elección.
Tanto el 25 de diciembre como el 1 de enero, son días no laborables, lo que implica que los trabajadores no están obligados a prestar servicios. En caso de que se requiera trabajo en estos días, la legislación establece que la remuneración deberá ser al 100% adicional, tal como lo establece el artículo 167 de la Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744), que establece: “Los trabajadores que deban laborar en días feriados nacionales o días no laborables tendrán derecho a percibir una remuneración doble por el tiempo trabajado.”
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Estas medidas buscan equilibrar las necesidades de los comerciantes, trabajadores y clientes durante esta temporada especial. Se invita a la comunidad a planificar sus compras y trámites teniendo en cuenta el cierre anticipado en los días 24 y 31 de diciembre en algunas entidades.